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Soy psicopedagoga ¿y ahora?: preguntas frecuentes de psicopedagogas noveles en Uruguay

19 nov 2025
2 min de lectura

18 dic 2023


  1. ¿Qué trámites debo realizar al egresar? Al egresar, es necesario registrarse en el Registro de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud Pública, aquí. Posteriormente, afíliate a la Caja de Profesionales Universitarios aquí.

  2. ¿Dónde puedo estudiar la Licenciatura en Psicopedagogía en Uruguay? Puedes cursar la Licenciatura en Psicopedagogía en el CEDIIAP Instituto Universitario y en la Universidad Católica del Uruguay.

  3. ¿Qué consideraciones debo tener para trabajar de forma independiente? Para trabajar de forma independiente, es necesario contar con una empresa unipersonal profesional. El trámite puede realizarse en línea o en persona, siguiendo la documentación especificada aquí. Tambien debes declararte en actividad y realizar aportes a la Caja de Profesionales Universitarios.

  4. ¿Por qué debo registrar mi título en el MSP y en MEC? Todos los profesionales de la salud deben registrar su título en el Departamento de Habilitación y Control de Profesionales de la Salud. Además, según el Decreto-Ley 15.661, los títulos de universidades privadas deben registrarse en el Ministerio de Educación y Cultura.

  5. ¿Cómo revalidar mi título si soy extranjero/a y voy a vivir en Uruguay? En primer lugar, debes apostillar tu título en Uruguay para autenticar su origen. Verifica si tu país es parte del Convenio sobre Apostilla aquí. En segundo lugar, la revalidación de títulos en Uruguay es responsabilidad exclusiva de la Universidad de la República (UDELAR). Si la Licenciatura en Psicopedagogía no se ofrece, puedes optar por una convalidación/reconocimiento del título aquí.

  6. ¿Dónde se llevan a cabo los trámites para trabajar de forma independiente? Los trámites se realizan de forma conjunta en BPS (Banco de Previsión Social) y DGI (Dirección General Impositiva) a través de la web.

  7. ¿Cuáles son los impuestos que debo pagar al facturar de manera independiente? Debes tributar el IVA e IRPF (excepcionalmente, el IRAE se sustituye por IRPF)

  8. ¿Cuál es el IVA aplicable a mis honorarios profesionales? Debes tributar la tasa básica (22%) o mínima (10%) según el tipo de servicio. Por ejemplo, servicios de terapia se facturan a la tasa mínima, mientras que pruebas vocacionales o selección de personal se gravan a la tasa básica.

  9. ¿Cuáles son los aportes que debo realizar al facturar de forma independiente? Siempre debes aportar al Fonasa, y si no aportas a la Caja de Profesionales (Aporte Jubilatorio y Fondo de Reconversión Laboral).

  10. ¿Qué sucede cuando trabajo de manera mixta (dependiente e independiente)? ¿Qué aportes debo realizar y cómo se pagan los impuestos? En caso de trabajar de manera mixta, los impuestos se pagan de la misma forma que si fueras solo independiente. Sin embargo, el cálculo del IRPF cambia al sumar ambos ingresos. En cuanto a los aportes, la diferencia radica en el Fonasa; si no facturas en períodos determinados, no debes realizar aportes. En el caso de trabajar exclusivamente como independiente, siempre corresponde efectuar los aportes. Además, el cálculo se ajusta al tener trabajo mixto.

 
 
 

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